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"Yo he Rogado por Tí..." - Tercera Parte

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La herejía es la negación pertinaz de una verdad que ha de creerse con fe divina y católica. El canon 750 del Derecho Canónico define qué se debe creer con fe divina y católica:

Se ha de creer con fe divina y católica todo aquello que se contiene en la palabra de Dios escrita o transmitida por Tradición, es decir, en el único depósito de la fe encomendado a la Iglesia, y que además es propuesto como revelado por Dios, ya sea por el Magisterio solemne de la Iglesia, ya por su Magisterio ordinario y universal, que se manifiesta en la común adhesión de los fieles bajo la guía del Sagrado Magisterio; por tanto, todos están obligados a evitar cualquier doctrina contraria.

Entre estas doctrinas se encuentran los artículos del Credo y los dogmas proclamados por el Papa o los Concilios Ecuménicos, como los dogmas marianos o la infalibilidad del Romano Pontífice. El rechazo de estas doctrinas constituye herejía.

Hereje…y ¿deja de ser Papa?

Los que afirman que el Papa puede ser hereje y en automático deja de ser Papa se fundan en un texto que se le atribuye a San Roberto Belarmino, y que es el siguiente:

“El Romano Pontífice, si cayera en herejía notoria y públicamente divulgada, por el mismo hecho, y aún antes de cualquier sentencia declaratoria de la Iglesia, queda privado de su potestad de jurisdicción. Esta es la sentencia más común y cierta”. 

Sin embargo, lo anterior es un clásico ejemplo de sacar un texto de su contexto, como oportunamente lo explicara el preclaro abogado y filósofo, Don Rigoberto López Valdivia – padre del suscrito – que como excelente jurista llamaba técnicamente no “falsedad literaria” sino “falsedad ideológica” el cual se da cuando se suprimen palabras que le dan otro alcance a la frase. En efecto, el verdadero texto de San Roberto Belarmino visible en el Capítulo 30 del Libro II del Tomo I de sus Obras Completas dice:

“Un Papa manifiestamente hereje automáticamente dejaría de ser Papa y cabeza, pues automáticamente deja de ser cristiano y miembro de la Iglesia; por lo cual podría ser juzgado y castigado. Esto es según la sentencia de los antiguos Padres, que enseñan que los herejes manifiestos inmediatamente pierden toda jurisdicción”. 

Pero ni de los antiguos Padres ni de Roberto Belarmino es la teoría de que el Papa pueda incurrir en herejía. En efecto, esa opinión, que acabamos de citar, es la 5° de las que él anuncia al principio de ese mismo capítulo 30, cuyo título es: “De si el Papa hereje puede ser depuesto” y a continuación dice Belarmino: 

“Sobre este particular hay 5 opiniones. La primera es la de Alberto Pighio Libro IV Cap. 8 (Hierarch. Eccles) donde sostiene que el Papa no puede ser hereje y por lo tanto no puede ser depuesto en ningún caso”, sentencia que es la más probable – agrega Belarmino – y que fácilmente se puede defender como en su lugar lo mostraremos” (Opera Omnia. Tomo I p. 608).

Aquí dice que la inerrancia (libre de error) del Papa es lo más probable, y no se atreve a afirmarlo categóricamente, pues esto en su tiempo no era una verdad definida como dogma. Sin embargo, en el curso de su extensísimo tratado sobre el Sumo Pontífice, se dedica a demostrar, primero doctrinalmente y luego con la Historia, que no puede haber un solo Papa hereje ni ha caído alguno en herejía.  San Roberto Belarmino cita como autoridad a Orígenes (siglo III): 

“Manifiesto es, aunque no se diga si, que ni contra Pedro ni contra la Iglesia podrán prevalecer las puertas del infierno; porque si prevalecieran contra la piedra en que está fundada la Iglesia, también contra la iglesia prevalecerían” (Ob. Cit. Controversiarum de Summo Pontifice. T.II L.IV Cap. III pág. 83.)

“El pontífice es el doctor y pastor de toda la Iglesia; luego la Iglesia entera debe escucharlo y seguirlo; luego si él yerra, toda la Iglesia erraría”. “Solamente a Pedro le dijo el Señor: ‘He orado por ti… y apacienta a mis ovejas’. No le dijo estas palabras a Pedro y al concilio. Además, sólo a Pedro lo llamó roca y fundamento; no a Pedro con el concilio… de lo cual resulta que toda la firmeza de los concilios legítimos radica en el Pontífice; no en parte en el Pontífice y en parte en el concilio… luego debe haber en la Iglesia aún sin concilio general un juez que no puede errar” ( Ob. Cit. L. IV Cáp. III pág. 84. 21 Ob. Cit. T. II p. 87).

Por tanto, según San Roberto Belarmino, Doctor de la Iglesia, no puede errar el Papa en ninguna de las cosas necesarias para la salvación; lo que quiere decir que no puede errar en las siguientes 4 cosas:

  1. en la doctrina sobre la fe;
  2. en la doctrina sobre las costumbres;
  3. en el culto y,
  4. en todas las cosas que sean intrínsecamente buenas o malas.

“Ciertamente – concluye Belarmino – si Dios no le falta ninguna cosa en lo necesario, mucho menos a su Iglesia” (Ob. Cit. T. II p. 87). Y en la misma línea está Santo Tomás de Aquino (“Suma contra Gentiles”. L. IV Cap. LXXVI).

Roberto Belarmino reconoce que                                                  

“por su sola naturaleza podría el Papa incurrir en herejía; más tal cosa no puede ser si aceptamos la singular asistencia de Dios que Cristo impetró con su oración para Pedro: Oró Cristo porque no fallara la fe de él, no porque no incurriera en otros pecados” (Ob. Cit. T. II p. 90).

Autoridad Doctrinal 

Aun considerando al Papa como persona privada, el Sumo Pontífice no puede incurrir en herejía. En efecto, dice el Doctor de la Iglesia, Roberto Belarmino:

“… aceptable es, y piadosamente se puede creer que el Sumo Pontífice no solamente como pontífice no puede errar, sino que aún como persona particular no puede ser hereje creyendo pertinazmente algo contra la fe…” (Ob. Cit. L. IV T. II Cap. VI pág. 88). 

Concluye el Santo que hasta ahora ningún Pontífice ha sido hereje. Y acto seguido Roberto Belarmino que vivió del año 1542 al 1621, en 6 grandes capítulos se dedica a defender del cargo de herejía a todos y cada uno de los Papas acusados hasta entonces de tal crimen.  Para concluir todo lo dicho, hay quienes atribuyen a San Bonifacio, Obispo de Maguncia, (680 – 755) que el Sumo Pontífice “no puede ser juzgado a no ser que se descubra que se ha desviado de la fe”.  Es menester aclarar que estas últimas palabras no quieren decir que de hecho algún Papa forzosamente tenga que desviarse de la fe. Tan sólo expresan una condición para que pudieran ser juzgados. Pero esa condición no se va a dar por la sencilla razón de que la Iglesia no recibió de su divino Fundador Jesucristo una constitución democrática – que ni en su esencia ni en su origen viene de Dios – sino Jerárquica y Monárquica en su fundamento, ya que su cimiento es divino y no lo iba a poner Cristo a discusión ni iba a sujetar sus decisiones a votaciones democráticas. 

Lo que sí es cierto es que no existe ninguna definición ex cáthedra que afirme o declare que un Papa pueda ser hereje. Y con esto es suficiente.  En apoyo a la doctrina de la Iglesia sobre la promesa hecha de Jesucristo a Pedro encontramos 2 frases lapidarias de San Ambrosio:

 “Donde está Pedro ahí está la Iglesia: ubi Petrus ibi ecclesia” (sobre el Salmo V, 30).

La segunda frase es: 

“No se puede tener parte en la herencia de Pedro sino a condición de permanecer adheridos a su Sede” (De Poenitentia, I, Cap. VII).  

Honorio I y Juan XXII

A pesar de lo que hemos explicado y documentado líneas arriba, hay quienes afirman que, desde Pedro hasta la fecha, sí ha habido uno que otro Papa hereje en el decurso de 2,000 años de Historia de la Iglesia. Quizá los dos casos más publicitados hayan sido el de los Papas Honorio I y Juan XXII. Con respecto a Honorio I (Papa desde el 625 al 638), se le acusa de anatema por haber supuestamente respaldado la herejía del monotelismo, que afirma que en Cristo solo hay una voluntad, la divina. Pero en Jesucristo existe una persona y dos naturalezas: la divina y la humana. Se le conoce como “Unión Hipostática”.

Sin embargo, los autores que aceptan como auténticas las actas del mencionado concilio no ven una condenación por doctrina herética del Papa Honorio, sino tan sólo de una conducta de omisión, por haber dejado expuesta la subversión de la fe que no debía de tener tacha alguna. Pero la verdad de los hechos es otra, pues jamás el Papa Honorio enseñó el monotelismo.

El otro caso es el de Juan XXII (1316 – 1334). Básicamente el Papa Juan XXII era de la opinión de que los muertos eran juzgados inmediatamente por Dios; que los malos irían al infierno y los justos que no necesitaran pasar por el Purgatorio o que ya hubieran pagado sus penas irían al cielo, pero no gozarían de la visión beatífica sino hasta después del Juicio Universal. Esto lo dijo el Papa Juan XXII como una mera opinión. Por tanto, por un lado, el Papa afirma lo que ya era de fe y que era la inmediata entrada de los justos al Cielo, pero que proponía como opinión que ahí habría dos etapas, la primera anterior al Juicio Final y la segunda que es hasta entonces que los justos gozarían de la visión beatífica.  San Roberto Belarmino, Doctor de la Iglesia, resume la cuestión en las siguientes frases definitivas a favor de la inerrancia del Papa Juan XXII:

“Juan XXII opinaba que las almas no verían a Dios sino después de la resurrección; pero esto opinaba cuando todavía era lícito opinar así sin peligro de herejía, pues no había ninguna definición anterior de la Iglesia” (Opera omnia t. II p. 117. Paris, Vives, 1876. Citado por S. Abascal. El Papa…. Tradición. México, 1979).

Antes de morir Juan XXII primeramente declaró que cuando había hablado de esta cuestión no tuvo la intención de definirla, sino sólo de provocar la investigación de la verdad. Luego agregó que ya tenía por lo más probable que los santos gozasen de la visión beatífica desde antes del día del Juicio; y que a tal sentencia se adhería a no ser que otra cosa definiera la Iglesia, pues en sus definiciones todas se sujetaba de antemano de manera absoluta (ob. Cit. p. 118). 

Falta de Fe y Pecado contra el Espíritu Santo

Con todo lo anteriormente expuesto, podemos afirmar que la forma de conducirse de parte de aquellos que denuestan al Papa Francisco tachándolo de hereje o de falso pastor, es claro que muestran una falta de fe en la eficacia de las palabras de Jesucristo a Pedro, que al final del día no se traduce sino en un pecado contra el Espíritu Santo, pecado que como se sabe no se perdona ni en esta vida ni tampoco en la otra. Dice el Señor a Pedro – y a todos los que serían sucesores: 

“Tú eres Pedro y sobre esta piedra edificaré mi Iglesia y las puertas del infierno no prevalecerán contra ella” (Mt. XVI, 18). “He rogado por ti para que tu fe no desfallezca” (Lc. XXII, 32). “… y yo te daré las llaves del reino de los cielos, y lo que tú ates en la tierra quedará atado en los cielos, y lo que tú desates en la tierra quedará desatado en los cielos” (Mt. XVI, 19). 

Cristo le da así a Pedro en la Tierra y en el Cielo exactamente el mismo poder que en lo espiritual tiene el mismo Jesucristo en el Cielo y en la Tierra. 

También es una falta de fe en la eficacia de las palabras de Jesucristo al Colegio Apostólico y a todos sus sucesores, o sea, los obispos reunidos en concilio siempre unidos con su cabeza, el Papa: “Id y enseñad a todas las naciones” (Mt. XXVIII, 19; Mc. XVI, 15; Lc. XIV, 47; Jn. XX, 21; Hc. I, 8). Y “he aquí que yo estoy con vosotros siempre hasta la consumación de los siglos” (Mt. XXVIII, 20).

Entonces, aquellos que afirman que lo que hacen es defender la Tradición y el Magisterio de la Iglesia, en realidad están luchando y hacen la guerra a la misma Tradición de 20 siglos, la cual desde el Concilio de Jerusalén hasta el Concilio Vaticano II reitera de manera absoluta la inerrancia del Papa en todo aquello que sea necesario para la vida de la Iglesia y su Infalibilidad cuando quiere ligar a la Iglesia Universal, lo mismo él sólo en lo individual que como presidente y cabeza de un Concilio Ecuménico. 

Por tanto, es de fe la asistencia eficaz y perpetua divinamente garantizada de Cristo a su Iglesia. Y esto está soportado ni más ni menos que en la misma palabra de Jesucristo, que no puede ni engañarse ni engañarnos.

A mayor abundamiento si esa Asistencia Divina no preserva de manera absoluta al Papa y a los obispos en unión con él de toda posibilidad de error doctrinal, entonces de nada sirve la Iglesia, es irrisorio. Simplemente Cristo habría fracasado y sería un mentiroso. 

Leer el artículo ”Yo he Rogado por Ti…” – Primera Parte

                      “Yo he Rogado por Ti…” – Segunda Parte

Todos los artículos de este sitio pueden ser reproducidos, siempre y cuando se cite al autor, Luis Eduardo López Padilla, y la página donde fue originalmente publicado, www.apocalipsismariano.com

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